EFE.- Por octava vez en lo que va del 2024, autoridades de la Ciudad de México activaron este sábado la fase 1 de contingencia ambiental debido a una concentración máxima de ozono, informó la Comisión Ambiental de la Megalópolis (Came).

La Came informó en su reporte vespertino a las 14:00 hora local (20:00 GMT) que en el transcurso del día “se registraron concentraciones máximas de ozono de 160 y 157 ppb en las estaciones de Centro de Ciencias de la Atmósfera (CCA), y UAM Xochimilco (UAX), ubicadas en la Alcaldías de Coyoacán y Xochimilco, respectivamente, Ciudad de México”.

Lo anterior, precisó, se debió a un sistema de alta presión en el centro del país, asociado con una masa de aire con bajo contenido de humedad.

Ello, aunado a la atmosférica, que es fuerte, ha motivado “el estancamiento de los contaminantes precursores del ozono y la formación del mismo, dado que el cielo se ha mantenido despejado, el viento débil, la radiación solar intensa y se han registrado temperaturas mayores a 30 grados centígrados”.

En la ZMVM, compuesta por Ciudad de México y 60 municipios de los estados de México e Hidalgo, los 150 puntos del índice de calidad del aire son la cifra máxima permitida, por lo que cuando ésta se rebasa, las autoridades declaran contingencia ambiental.

En el comunicado se indicó que debido a ello y con fundamento en los programas para prevenir y responder a contingencias ambientales atmosféricas en la ZMVM, publicados por los Gobiernos de la Ciudad de México y el Estado de México, activan “la fase 1 de contingencia ambiental por ozono, con el objeto de disminuir la exposición de la población al aire contaminado y el riesgo de afectación a su salud”.

Se trata precisamente de la octava contingencia ambiental en la ZMVM.

La institución recomendó a la ciudadanía evitar hacer ejercicio en exteriores y suspender cualquier actividad al aire libre organizada por instituciones públicas o privadas, en el citado horario, entre otras recomendaciones.

Avisó que estará atenta a la calidad del aire y a la evolución de las condiciones meteorológicas prevalecientes en el Valle de México e informará en un boletín que se emitirá este sábado a las 20:00 hora local (02:00 GMT del domingo).

En la ZMVM, la primera contingencia ambiental por ozono de 2024 se activó el 22 de febrero y se levantó el 25 del mismo mes, con una concentración de 167 ppb; la segunda, el 6 de marzo, con un 163 ppb y la tercera el 23 de ese mes, con 162 ppb.

En tanto, la cuarta contingencia se anunció el 30 de marzo, con 158 ppb; la quinta, el 3 de mayo con 170 ppb y la sexta, el 9 de mayo con 158 ppb.

Mientras que el 1 de enero hubo una contingencia ambiental por partículas PM2,5 que se levantó ese mismo día.

La más reciente fue declarada el pasado 13 de mayo, la cual se prolongó por poco más de 72 horas, siendo la más larga en lo que va de 2024.

Restricciones a la circulación en el Sector Transporte 

Mañana domingo 19 de mayo deberán suspender su circulación, en horario de las 5:00 a las 22:00 horas: 

  1. Los vehículos de uso particular con holograma de verificación 2.
  2. Los vehículos de uso particular con holograma de verificación  1, cuyo último  dígito numérico sea  1, 3, 5, 7 y 9.
  3. Los vehículos de uso particular con holograma de verificación 00 y 0, engomado rojo, terminación de placa 3 y 4.
  4. Las unidades que no porten holograma de verificación, como los vehículos antiguos, de demostración o traslado, nuevos, los que tienen pase turístico, placas foráneas o con placas formadas por letras, les aplica la misma restricción que a los vehículos  que portan holograma 2.
  5. Restricción a la circulación del 50% de las unidades de reparto de gas L.P. a tanques  estacionarios, que no cuenten con válvula de desconexión seca, cuya terminación de matrícula sea NON.
  6. Los vehículos de carga local o federal, dejan de circular entre las 6:00 y las 10:00 horas, con excepción de aquellos que se encuentren en el Programa de Autorregulación de la CDMX o del  EDOMEX.
  7. Los taxis con holograma de verificación “00”, “0”, “1” o “2” que deban dejar de  circular de acuerdo a las disposiciones indicadas en los incisos  1), 2), y 3), les aplicará La restricción a la circulación de las 10:00 a las 22:00 horas.


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