La Comisión Nacional de Energía (CNE), un órgano sectorizado de la Secretaría de Energía (Sener), se ha negado a acatar una medida cautelar para detener la construcción de una planta de almacenamiento de Gas LP en el puerto de Tuxpan, en el norte de Veracruz, cuya edificación genera un daño ambiental grave.
Dicho organismo, a cargo de Juan Carlos Solís, está en desacato de la medida ordenada por la Primera Sala Especializada en Materia Ambiental y de Regulación del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, por lo que la empresa Gas de Calidad S.A. de C.V. sigue construyendo impunemente dicha planta, de acuerdo con medios nacionales como XpectroFM.
El tribunal declaró como fundada la demanda presentada por la Asociación Pueblos y Comunidades de Tuxpan, A.C., organización civil que denunció riesgos ambientales, falta de consulta a las comunidades cercanas y un grave impacto al territorio, de acuerdo con la plataforma.
“Desde el 6 de mayo pasado, el magistrado Luis Alfredo Mora Villagómez, integrante de la Primera Sala Especializada en Materia Ambiental y de Regulación, emitió una medida cautelar y ordenó detener totalmente la construcción de la planta de almacenamiento de Gas LP”.
“Se admite a trámite la medida cautelar solicitada; requiérase a la autoridad demandada para que en el término de setenta y dos horas siguientes a aquel en que surta efectos el presente proveído, rinda el informe” determinó la autoridad.
Sin embargo, tanto la comisión, como la empresa responsable, mantienen la construcción de dicha planta de almacenamiento de Gas LP, la cual contempla la operación de esferas gigantes para almacenamiento de gas.
La Asociación Pueblos y Comunidades de Tuxpan, A.C. dijo que realizó diversos recorridos y los documentaron, donde se aprecia que la construcción sigue su marcha e incluso van avanzadas las estructuras de las esferas gigantes para almacenamiento de gas.
Desde 2025, dicha asociación logró la suspensión de la construcción de la planta, ello gracias a que el Juzgado Octavo de Distrito otorgó el amparo 408/2025.
Las comunidades locales denunciaron que este tipo de megaproyectos energéticos en la región provoca afectaciones a sus derechos colectivos y al ecosistema costero, por lo que el juez los protegió ante los riesgos ambientales, la falta de consulta y el impacto al territorio.
La medida cautelar ordenó detener los trabajos derivados de la licencia de uso de suelo número DGDUOT/1586/2024, la cual fue emitida por la Secretaría de Desarrollo Social del Gobierno del Estado de Veracruz.
Tras el fallo del Juzgado Octavo de Distrito, la empresa Gas de Calidad S.A. de C.V. promovió un recurso de queja 447/2025 ante el Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Séptimo Circuito, el cual también les fue desfavorable.
La resolución inicial determinó que los integrantes de dicha asociación acreditaron interés legítimo y además la autoridad judicial detectó que la licencia de uso de suelo otorgada a la empresa se emitió para una zona clasificada por el Programa de Desarrollo Urbano de Tuxpan como “Reserva Turística, Aprovechamiento Ecoturístico y Reserva Ecológica Productiva”.
De tal forma que dicha denominación restringía el desarrollo de actividades industriales o de riesgo, por lo que se dio la razón a los pobladores, pues la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha reconocido que ante la duda sobre los posibles impactos ambientales de una obra o proyecto debe prevalecer la protección de la naturaleza.
Además, la ONG presentó ante autoridades judiciales y de justicia administrativa un Diagnóstico Ambiental de la fauna observada para el polígono y área de influencia del proyecto denominado “Terminal Marítima de Almacenamiento de Gas LP en el municipio de Tuxpan, estado de Veracruz”.
En el análisis encontraron que el área de muestreo puede ser considerada como un área marina bien conservada con presencia de elementos industriales en la costa, pero con pocos efectos ambientales, escasa generación de residuos y una baja presencia humana. Con estas obras existe la destrucción de manglares y de especies protegidas por la NOM – 059 – SEMARNAT – 2010.
De acuerdo con medios nacionales, los especialistas encontraron un área marina caracterizada por la presencia de un ecosistema que mantiene sus elementos bióticos y abióticos originales, en donde la presión ambiental causada por la actividad humana es mínima.
Así como poca presencia de residuos: tanto la industria como la población local generan un mínimo de residuos, lo que ha resultado en playas limpias y aguas marinas libres de contaminación a mediana o gran escala.
Encontraron además una presencia humana reducida, lo que ha permitido que la naturaleza y los ecosistemas marinos se mantengan en su mayoría intactos, por lo cual la construcción de dicha planta afectaría gravemente el entorno.
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