La Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) de El Salvador declaró inconstitucional el presupuesto nacional de 2017 por la “subestimación de los gastos previsibles e ineludibles” como el pago de la deuda de pensiones y devolución de impuestos. El presupuesto es “inconstitucional en su contenido, de un modo general y obligatorio, la Ley de Presupuesto General para el ejercicio financiero fiscal del año dos mil diecisiete, por la vulneración a los principios de equilibrio presupuestario y universalidad”, indica el órgano de justicia. Lo anterior se debe a que el gobierno no pactó 430 millones de dólares (mdd) necesarios para el pago de pensiones a los jubilados del IPSFA, el pago de la deuda del Gobierno con los fondos de pensión y la devolución de la renta a contribuyentes. Puedes leer: Congreso de EU avanza en aprobación del Nica Act Los magistrados acumularon dos demandas en el proceso, una que señaló la falta de recursos en las partidas ya mencionadas; y otra que argumentó que, al haber emisión de deuda de corto plazo en el presupuesto de este año, el plan de gastos debió aprobarse en la Asamblea Legislativa por 56 votos, y no con 43 como ocurrió. “Como medidas para garantizar un presupuesto equilibrado, la Sala ordena que los Órganos del Estado y las demás instituciones públicas tomen las medidas necesarias para evitar la aprobación de gastos no prioritarios, excesivos o injustificados, que no guardan coherencia con la situación fiscal y financiera del Estado”, señala organismo.

 

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