La dependencia extendió el plazo para presentar el aviso de actualización de actividades tras registrar un incremento de contribuyentes que buscan beneficiarse del Régimen de Incorporación Fiscal.
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) extendió el plazo para que los contribuyentes den su aviso de actualización de actividades a través del portal de Internet del SAT, hasta el 31 de marzo de 2014, dijo la dependencia federal en un comunicado.
Tras el flujo de personas que han acudido a las oficinas del SAT o al portal de internet para beneficiarse del Régimen de Incorporación Fiscal, la dependencia ha implementado nuevas medidas que facilitan el registro en el régimen.
Los contribuyentes que pertenecían al Régimen Intermedio o al Régimen de Actividades Empresariales y Profesionales, con ingresos menores de dos millones de pesos y que deseen tributar en el Régimen de Incorporación Fiscal, tienen hasta el último día de marzo para presentar el aviso de actualización de actividades a través del portal de Internet del SAT.
Los personas que solamente realizan venta de mercancías o prestan servicios al público en general, con ingresos hasta por dos millones de pesos al año, deberán:
- Elaborar una factura electrónica con su venta global cada dos meses,
- Realizar una declaración bimestral, que tratándose del periodo enero-febrero, esta se entregará junto con la del periodo marzo-abril, es decir en mayo.
- Entregar el reporte de sus ingresos y sus gastos.
Para que las personas tengan oportunidad de acceder al beneficio de los estímulos y descuentos en el pago impuestos durante el primer año, es importante que pidan factura de todas las compras que realicen.
Los contribuyentes cuyos clientes deban emitir facturas electrónicas porque así se lo soliciten, podrán hacerlo fácilmente a través del sistema “Mis Cuentas”; de la herramienta. gratuita para emitir facturas en el portal del SAT; o acceder a los servicios de un auxiliar de facturación.










