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    El SAT informó que del 22 al 30 de abril ampliará el horario de atención de 9:00 a 18:00 horas en todas sus oficinas, a fin de apoyar a los contribuyentes en la presentación de la Declaración Anual 2025 de personas.

    Los contribuyentes pueden solicitar cita entre lunes y viernes en el siguiente enlace.

    La presentación puede realizarse a través del Portal del SAT, disponible las 24 horas del día.

    La autoridad fiscal recordó en un comunicado que el 30 de abril es la fecha límite para cumplir con la obligación fiscal, por lo que hacerlo dentro del plazo evita multas o sanciones.

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    Agregó que la declaración es obligatoria para quienes obtuvieron ingresos por las siguientes actividades:

    1. Sueldos y salarios:

    • Si la totalidad de los ingresos anuales por este concepto excede los 400 mil pesos.

    • Si trabajaron para un solo empleador y dejaron de laborar antes del 31 de diciembre de 2025.

    • Si obtuvieron ingresos distintos de salarios.

    • Si trabajaron de manera simultánea para dos o más empleadores.

    • Si los salarios provienen del extranjero o de personas no obligadas a retener el ISR.

    • Si obtuvieron ingresos adicionales por indemnización.

    • Si los ingresos por jubilación o pensiones exceden el monto previsto en el artículo 93 fracción IV y V de la Ley del Impuesto sobre la Renta.

    2. Servicios profesionales.

    3. Actividades empresariales. Incluye a Plataformas tecnológicas, región fronteriza y Régimen de Incorporación Fiscal (RIF) con coeficiente de utilidad.

    4. Arrendamiento de bienes inmuebles.

    5. Enajenación o adquisición de bienes.

    6. Intereses o dividendos.

    Además, las personas que tributan en RESICO pueden quedar relevadas de presentar la declaración. Las que apliquen lo establecido en las reglas 3.13.20 y 3.13.21, pueden optar por presentarla.

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