La Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece) informó que inició una investigación para identificar y determinar la probable existencia de barreras a la competencia y libre concurrencia, así como de posibles insumos esenciales en el mercado del servicio público de transporte ferroviario de carga y sus servicios y derechos relacionados.

El organismo publicó en el Diario Oficial de la Federación que mediante estas investigaciones por barreras a la competencia, la Cofece busca eliminar barreras e instrumentar acciones para garantizar el funcionamiento de los mercados.

“Del total de la mercancía transportada vía terrestre en nuestro país, el 25.3% se transporta por ferrocarril y el resto por autotransporte. Tan solo en 2022, se transportaron 128.46 millones de toneladas de carga en el Sistema Ferroviario Mexicano, y de 2016 a 2022, el número de toneladas de carga transportada ha incrementado un 5.3%.

“Entre los principales productos transportados se encuentran productos industriales (46.7%), agrícolas (26.4%), petróleo y sus derivados (11.5%), productos fundamentales para el desarrollo de la economía”, detalló.

El transporte ferroviario de carga, dijo la Cofece, representa una modalidad con potencial para las empresas que se están reubicando en México a través de nearshoring, pues se destaca que en 2022 el 73.2% de la carga de comercio exterior fue movilizada a través de las fronteras, y el 26.8% restante a través de puertos.

Por lo que garantizar condiciones de competencia en el servicio de transporte ferroviario de carga es fundamental para que los usuarios puedan movilizar sus productos a menores precios y en mejores condiciones, agregó la Cofece.

El organismo informó que el extracto del acuerdo de inicio de la indagatoria IEBC-003-2023 señala que existen elementos que hacen suponer la ausencia de condiciones de competencia efectiva en este mercado, sin embargo, el inicio de esta investigación no implica prejuzgamiento alguno por parte de la AI.

“Para el desarrollo de esta indagatoria, la Cofece tiene un periodo de entre 30 a 120 días hábiles, contados a partir de la publicación del extracto, el cual puede ser ampliado hasta por dos ocasiones”.

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