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    La política comercial de Estados Unidos entró en una nueva fase. Más allá de una discusión jurídica sobre los límites del poder presidencial para imponer aranceles, los últimos acontecimientos tratan de un ajuste institucional que reconfigura el marco bajo el cual operarán las cadenas productivas de Norteamérica en los próximos años. El 20 de febrero de 2026, la Suprema Corte determinó que el presidente no tiene autoridad para imponer aranceles bajo la Ley de Poderes Económicos de Emergencia Internacional (IEEPA por sus siglas en inglés). Aunque esta resolución modifica la vía legal, no altera la intención estratégica de utilizar instrumentos comerciales como herramienta de política económica y geopolítica. 

    Desde la perspectiva mexicana, el análisis debe ir más allá de la coyuntura inmediata. Este episodio ocurre en un año de revisión del TMEC en medio de una creciente fragmentación del comercio internacional marcada por la rivalidad entre EE. UU. y China y en un entorno de elecciones intermedias en Estados Unidos.

    El fallo abre un periodo de mayor complejidad regulatoria e incertidumbre operativa. Además, confirma que la integración regional mantiene un valor estratégico que difícilmente puede ignorarse. En este artículo reflexiono sobre los acontecimientos recientes y sus implicaciones para México.

    Antecedentes: un cambio de instrumento, no de dirección

    El viernes 20 de febrero de 2026, la Suprema Corte de Estados Unidos resolvió que el presidente carecía de facultades para imponer aranceles bajo IEEPA. Dicha ley le otorgaba una “vía rápida” y sin muchas restricciones en términos del proceso de aprobación doméstico, la tasa arancelaria, vigencia y países afectados. Con ello quedaron invalidados los aranceles recíprocos –anunciados durante el Día de la Liberación en abril del 2025–, así como aquellos vinculados al fentanilo y otras medidas adoptadas bajo ese mecanismo. 

    El fallo no sorprendió a la administración estadounidense. De inmediato se activó un “Plan B” sustentado en tres órdenes ejecutivas. Primero, se invocó la Sección 122 de la Ley de Comercio (Trade Act de 1974) que permite imponer un arancel global de hasta 15% por un periodo máximo de 150 días. Los nuevos aranceles globales entraron en vigor el primer minuto del 24 de febrero con una tasa del 10% a pesar de la amenaza de Trump de llevarlos al nivel máximo de 15%. Sin embargo, su equipo estará evaluando aumentarlo –posiblemente en algunos casos– hasta dicho tope más adelante. Segundo, se formalizó la terminación de los aranceles aplicados bajo IEEPA. Tercero, se confirmó la suspensión del tratamiento de minimis, loque permitía que las importaciones de bajo valor monetario estuvieran exentas de aranceles. La Corte no resolvió el tema de los reembolsos por aranceles ya cobrados, lo que abre un frente adicional ante la Corte de Comercio Internacional y anticipa un proceso potencialmente prolongado.

    El contexto político es igualmente relevante. Las elecciones intermedias del 3 de noviembre condicionan el margen de maniobra. Los aranceles han sido asociados por diversos sectores con presiones inflacionarias al consumidor. En meses recientes, la propia administración había retirado selectivamente algunos aranceles para mitigar impactos en productos sensibles. En un escenario en el que el Partido Republicano podría perder la mayoría en una de las dos cámaras legislativas federales, esto se vuelve aún más relevante. En ese sentido, el fallo también ofrece una oportunidad política para recalibrar la estrategia comercial sin asumir plenamente el costo de revertir decisiones previas.

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    ¿Qué sigue en la política comercial estadounidense?

    El fallo sobre el uso del IEEPA no implica el abandono del instrumento arancelario que el presidente Trump ha utilizado para perseguir diversos objetivos. Implica un desplazamiento hacia mecanismos con mayor sustento legal, aunque más exigentes en procedimiento.

    La primera etapa consiste en el uso de la Sección 122 (Trade Act de 1974). Este mecanismo permite imponer hasta 15% por un máximo de 150 días sin investigación formal. Incluye excepciones relevantes: productos energéticos, minerales críticos, farmacéuticos, ciertos electrónicos, algunos bienes agrícolas y, de manera central, los bienes que califican bajo el TMEC. Cualquier extensión más allá de los 150 días requeriría una aprobación del Congreso.

    La segunda posible sería el uso de la Sección 232 (Seguridad Nacional). Esta permite investigaciones sectoriales que pueden derivar en aranceles permanentes. Existen averiguaciones en curso en farmacéuticos, aeronáutica, robótica y maquinaria industrial. A diferencia de la 122, estas medidas no tienen un límite temporal definido.

    Otra alternativa factible es la Sección 301 (Prácticas Comerciales Injustas). Esta avenida permite la imposición de aranceles de difícil reversión tras investigaciones formales. El Representante Comercial (USTR), Jamieson Greer, ha anticipado nuevas indagaciones que podrían abarcar a múltiples socios comerciales.

    Finalmente, la Sección 338, aunque nunca ha sido utilizada, permitiría aranceles de hasta 50%. Su sola mención por parte del presidente Trump introduce un elemento adicional de presión política y volatilidad. En conjunto, el escenario apunta a una mayor fragmentación regulatoria, múltiples investigaciones paralelas y un entorno prolongado de incertidumbre.

    Efectos inmediatos y redistribución de impactos

    En el corto plazo, algunos de los países que enfrentaban tasas arancelarias muy elevadas podrían beneficiarse de la tarifa plana de 15% bajo la Sección 122 (e.g. Brasil, China e India). Por el contrario, socios que habían negociado tasas preferenciales relativamente bajas podrían experimentar incrementos efectivos (e.g. Reino Unido, Unión Europea y Corea del Sur). Esta situación le agrega aún mayor complejidad al tablero geopolítico al beneficiar temporalmente a países que han sido confrontativos y afectar a los aliados que han tratado de cooperar en la política exterior estadounidense.

    México y Canadá, bajo el paraguas del TMEC, mantienen una posición bastante favorable en esta etapa inicial. Sin embargo, el efecto más relevante no es distributivo, sino sistémico. La incertidumbre regulatoria tiende a postergar decisiones de inversión, contratación y reorganización de cadenas productivas. En economías altamente integradas con Estados Unidos, este factor puede ser determinante.

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    México en un año de revisión del TMEC

    La exclusión explícita de bienes que califican bajo el TMEC del arancel impuesto bajo la Sección 122 no es un elemento menor. Refleja un reconocimiento del alto grado de interdependencia productiva regional.

    En 2025, las exportaciones mexicanas crecieron cerca de 7% anual en un entorno global caracterizado por menor dinamismo. Más significativo aún, la participación de México en las importaciones totales de Estados Unidos continuó aumentando, ubicándose actualmente en 15.7%. Con ello, México se ubica como el mayor comprador de bienes estadounidenses y supera el 9% de China, además de estar por encima de otros socios clave para dicho país como Canadá, Vietnam, Japón o Indonesia.

    El dato confirma un proceso estructural que se viene gestando desde hace varios años: la reconfiguración de cadenas globales hacia esquemas de mayor proximidad geográfica y menor exposición geopolítica. La creciente rivalidad entre Estados Unidos y China, los ajustes posteriores a la pandemia, la necesidad de resiliencia logística y los cambios en la globalización han favorecido la integración regional. México ha sido uno de los principales beneficiarios de estas tendencias.

    Cambios estructurales en el patrón exportador mexicano

    La dinámica exportadora mexicana en 2025 sugiere que el proceso no se limita al sector automotriz. Aunque esta última continúa siendo un pilar y punta de lanza, la expansión se ha observado también en otras industrias con un gran potencial. La lista es diversa e incluye, entre otras: 

    • Componentes tecnológicos y bienes intermedios especializados
    • Tecnologías de la información
    • Maquinaria y equipo para industrias diversas
    • Equipo eléctrico y electrónico
    • Instrumental profesional y científico
    • Fotografía, óptica y relojería
    • Instrumental médico y farmacéutico
    • Agroindustria de mayor valor agregado
    • Energía convencional y componentes que ayuden a la transición energética

    Este patrón indica un proceso gradual de sofisticación y diversificación. En un entorno de fragmentación comercial, la capacidad de integrarse en cadenas críticas (tecnológicas, médicas, energéticas) adquiere mayor relevancia estratégica. Por tanto, la revisión del TMEC ocurre en un momento en el cual la integración regional no sólo es profunda, sino funcionalmente indispensable para múltiples sectores productivos estadounidenses.

    Ventajas comparativas en un entorno de fragmentación

    Los cambios estructurales en el comercio internacional y la redefinición de las cadenas de suministro ofrecen una oportunidad valiosa para México, especialmente por ventajas comparativas que ayudarían a una mayor integración comercial con una región (Norteamérica) que aporta alrededor del 30% del PIB mundial. México combina varias ventajas estructurales: proximidad geográfica y afinidad geopolítica; red amplia de tratados comerciales; integración manufacturera consolidada; mano de obra competitiva; logística y “know-how” vinculados al mercado estadounidense; entre otros. 

    En un escenario de creciente polarización entre Estados Unidos y China, estas ventajas adquieren un valor adicional. La globalización ya no opera exclusivamente bajo el principio de eficiencia de costos. Las consideraciones de seguridad económica, resiliencia y alineamiento estratégico están redefiniendo decisiones de inversión. México se encuentra en una posición intermedia entre eficiencia productiva y cercanía geopolítica. Esa combinación no elimina riesgos, pero ofrece un punto de apoyo relevante.

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    Implicaciones hacia adelante

    El principal riesgo para México no proviene del arancel temporal bajo la Sección 122, sino de posibles investigaciones sectoriales bajo la Sección 232 o 301 que puedan afectar industrias específicas. El segundo riesgo es la volatilidad asociada al ciclo político estadounidense, particularmente en un año electoral.

    No obstante, la exclusión de bienes que cumplen con el TMEC del arancel temporal envía una señal clara: la integración norteamericana mantiene un valor estratégico para Estados Unidos. La revisión del tratado no debe interpretarse exclusivamente como una instancia de confrontación. Es también una oportunidad para consolidar reglas, fortalecer mecanismos de solución de controversias y profundizar la integración en sectores emergentes.

    Conclusión: una etapa de transición con fundamentos sólidos

    Nos encontramos en una etapa de transición en la política comercial estadounidense. La Suprema Corte limitó el uso de IEEPA, pero la administración conserva múltiples instrumentos alternativos. El entorno será más complejo y probablemente más litigioso. Para México, el escenario combina incertidumbre y oportunidad estructural.

    La participación de mercado de 15.7% en las importaciones estadounidenses, el crecimiento exportador cercano a 7% en 2025 (aunado al crecimiento inercial que ha tenido México desde el TLCAN de los 1990s) y la diversificación sectorial sugieren que la integración regional atraviesa una fase de consolidación. El comercio internacional se encuentra en un proceso de redefinición. La fragmentación geoeconómica, la competencia estratégica y la búsqueda de resiliencia están moldeando nuevas configuraciones productivas.

    México no es ajeno a estos cambios, sino que forma parte central de ellos. La clave hacia delante será fortalecer las ventajas comparativas existentes, elevar el contenido tecnológico y valor agregado doméstico de las exportaciones, continuar con mejoras en infraestructura y estado de derecho y aprovechar la revisión del TMEC para consolidar una integración regional más profunda y funcional.

    El fallo de la Corte no elimina la incertidumbre. Pero sí confirma que, en un entorno de fragmentación global, la región de Norteamérica continúa siendo un eje estratégico. Para México, esa realidad representa tanto un desafío como una oportunidad de largo plazo.

    Sobre el autor:

    Alejandro Padilla es Presidente de la Comisión de Política Económica del International Chamber of Commerce México y Director General Adjunto de Análisis Económico y Financiero de Grupo Financiero Banorte. 

    X: @alexpadillasan

    Las opiniones expresadas en este documento son de exclusiva responsabilidad del autor y no representan la opinión de ICC México ni de Grupo Financiero Banorte ni sus subsidiarias o filiales.

    Las opiniones expresadas son sólo responsabilidad de sus autores y son completamente independientes de la postura y la línea editorial de Forbes México.

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