El Servicio de Administración Tributaria (SAT) brindó atención prioritaria a 6,636 migrantes que tramitaron su Registro Federal de Contribuyentes (RFC) como personas físicas, un documento que les permite trabajar en la industria maquiladora en Tijuana, Ciudad Juárez y El Bajío.

La entrega de los RFC a la comunidad de migrantes, que arribó a México con la intención de llegar a Estados Unidos, se comenzó a realizar en febrero de 2022 y los últimos fueron el 15 de diciembre de 2023.

En el marco del Día Internacional de la Persona Migrante, que se celebra el 18 de diciembre de cada año, la autoridad tributaria recuerda que la entrega del RFC es parte de la implementación de un mecanismo de atención prioritaria a migrantes residentes temporales o permanentes, refugiados en México, así como a mexicanos repatriados o en retorno.

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La comunidad migrante puede presentar diversos trámites en las oficinas del SAT, de los cuales la inscripción de personas físicas concentra 98 por ciento del total de atenciones; las personas interesadas en inscribirse ante el RFC pueden acudir a cualquier oficina del SAT con previa cita agendada en citas.sat.gob.mx y presentar la siguiente documentación.

Estos son los requisitos:

  • Documento migratorio emitido por el Instituto Nacional de Migración (INM) para acreditar su estancia en territorio nacional, mismo que puede servir como identificación oficial, entre ellas tarjeta de residente permanente o temporal, de visitante por razones humanitarias con permiso para realizar actividades remuneradas, trabajador fronterizo, residente temporal de estudiante.
  • Comprobante de domicilio del lugar donde vive, con antigüedad no mayor a cuatro meses.
  • Clave Única de Registro de Población (CURP) temporal con fotografía, la cual se
    tramita ante las oficinas de representación del Instituto Nacional de Migración (INM),
    misma que puede ser utilizada como identificación oficial

Extranjero con calidad de refugiado:

  • CURP temporal con fotografía, la cual se tramita ante las oficinas de representación de la Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados (COMAR) o del Instituto Nacional de
    Migración (INM).
  • Documento de reconocimiento de calidad de refugiado emitido por la COMAR.
  • Comprobante de domicilio del lugar donde vive, con antigüedad no mayor a cuatro meses.
    En caso de mexicanos repatriados:
  • CURP temporal con fotografía.
  • Comprobante de domicilio del lugar donde vive, con antigüedad no mayor a cuatro meses.
  • Credencial para votar desde el extranjero emitida por el Instituto Nacional Electoral
    (INE).
    En caso de mexicanos en retorno:
  • CURP permanente, la cual se tramita en el Registro Civil o ante las oficinas consulares de México en el exterior, acta de nacimiento o carta de naturalización en original.
  • Comprobante de domicilio del lugar donde vive, con antigüedad no mayor a cuatro meses.
  • Credencial para votar desde el extranjero emitida por el Instituto Nacional Electoral
    (INE).
    Las personas extranjeras que no cuenten con autorización para desempeñar una actividad remunerada, pero requieran el RFC para otros fines, pueden exhibir un escrito libre en el que manifiesten, bajo protesta de decir verdad, los motivos por los que requieren su inscripción en el RFC.

 

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