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    A partir de septiembre los usuarios de bicicletas eléctricas, scooters y otros vehículos de micromovilidad en la Ciudad de México serán multados si las unidades no cuentan con placas, licencia y seguro, como parte de la nueva regulación que busca poner orden en este tipo de transporte.

    Así lo informaron por medio de un mensaje oficial la jefa de Gobierno, Clara Brugada Molina, y el titular de la Secretaría de Movilidad, Héctor Ulises García Nieto, al detallar que tras la entrada en vigor de las reformas en próximo julio, habrá un periodo de transición antes de iniciar la aplicación de sanciones.

    De acuerdo con el gobierno capitalino, julio y agosto funcionarán como una etapa de socialización, registro y adaptación, pero una vez concluida, las autoridades comenzarán a aplicar multas a quienes no cumplan con los nuevos lineamientos establecidos en la Ley de Movilidad de la Ciudad de México y el Reglamento de Tránsito de la Ciudad de México.

    ¿A quién aplica la nueva regulación?

    Las medidas están dirigidas a los llamados Vehículos Motorizados Eléctricos Personales (VEMEPE), una categoría que incluye scooters, bicimotos y algunas bicicletas eléctricas que superan ciertas características técnicas, como velocidad o potencia.

    En estos casos, los vehículos serán considerados equivalentes a motocicletas, por lo que deberán cumplir con requisitos como:

    • Placas y tarjeta de circulación
    • Licencia de conducir
    • Seguro de responsabilidad civil
    • Uso obligatorio de casco
    • Luces encendidas

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    La nueva regulación establece que no todas las bicicletas eléctricas serán emplacadas, sino únicamente aquellas que, por sus características, sean consideradas vehículos motorizados. 

    En esta categoría entran las unidades que superen los 25 kilómetros por hora, cuenten con acelerador independiente, es decir, que puedan avanzar sin necesidad de pedaleo, y tengan motores de mayor potencia, en un rango aproximado de 250 watts hasta 1 kilowatt. 

    Estas unidades también se distinguirán por su peso, que puede ir de menos de 35 kilogramos hasta 350 kilogramos.

    En estos casos, los usuarios deberán cumplir con obligaciones similares a las de una motocicleta, como portar placas, tarjeta de circulación, licencia de conducir, seguro de responsabilidad civil, uso obligatorio de casco y luces encendidas.

    En cuanto a la circulación, estos vehículos no podrán transitar por ciclovías, banquetas ni carriles confinados, además de tener restringido el paso en vías rápidas o de acceso controlado. También deberán respetar las normas generales de tránsito, como no conducir bajo los efectos del alcohol.

    Las bicicletas eléctricas de pedaleo asistido, con velocidad menor o igual a 25 kilómetros por hora y menor potencia, quedarán fuera de esta regulación y podrán seguir operando bajo un esquema similar al de una bicicleta convencional.

    La decisión ocurre en un contexto de rápida expansión de la micromovilidad en la capital, impulsada por aplicaciones, repartidores y alternativas de transporte económico. Durante años, estos vehículos operaron en un vacío regulatorio, lo que derivó en conflictos con peatones, ciclistas y automovilistas.

    Autoridades capitalinas han señalado que el aumento en su uso también ha venido acompañado de accidentes viales y falta de control sobre su circulación, lo que motivó la reforma.

    Con las nuevas disposiciones, el gobierno busca homologar obligaciones con otros vehículos motorizados y cerrar la brecha legal que permitía su operación sin registro formal.

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