Hace poco, una resolución judicial de un Tribunal de Reino Unido impactó ampliamente en redes sociales. La sentencia tiene que ver con el uso de la inteligencia artificial (IA) por parte de los administradores de justicia, para ser más específicos, lo que cualquier persona que ejerce la abogacía no debe hacer con estas herramientas para hacer su trabajo.
El 6 de junio, un Tribunal del Reino Unido dictó sentencia luego de examinar el aparente uso indebido de la IA por parte de un grupo de abogados en dos casos diferentes. En un caso, los abogados citaban jurisprudencia inventada “que no eran errores menores de citación” como originalmente alegaron, mientras que, en el otro, el abogado admitió haberse basado en la investigación jurídica de su cliente sin verificar las fuentes. En ambos casos, los abogados fueron remitidos a la Autoridad Reguladora de Abogados, calificando sus conductas por el Tribunal como “impropias, irrazonables y negligentes”.
La resolución judicial “Ayinde v The London Borough of Haringey” y “Al-Haroun v Qatar National Bank & QNB Capital” concluye con un contundente llamado de atención sobre el uso de las herramientas de IA generativa, las cuales “pueden producir respuestas aparentemente coherentes y plausibles, pero pueden ser absolutamente incorrectas… afirmaciones falsas, mencionar casos o fuentes que no existen…”.
La misma sentencia, en su apéndice, menciona otros casos donde el uso inapropiado de la IA ha sido presentado ante las cortes en diferentes países del mundo, lo que permite dimensionar la magnitud del problema. En particular, cita ejemplos de países del Reino Unido, como Inglaterra y Gales, además de Australia, Nueva Zelanda, Canadá y EE. UU.
Sobre EE. UU, se menciona el caso de Mata v Avianca Inc (2023), donde dentro de los materiales que un abogado presentó ante una Corte de Distrito, siete casos fueron imposibles de localizar por la contraparte y por la misma Corte. Al solicitar que se presentara más información sobre los casos citados, el abogado ponente pidió a ChatGPT que hiciera un resumen de estos casos. La Corte determinó que el razonamiento legal de los resúmenes no era consistente y advirtió sobre las graves consecuencia de citar precedentes inexistentes y ficticios (en particular, en los sistemas common law).
En suma, estas sentencias, que no son las primeras en su tipo, nos recuerdan que la IA puede generar “alucinaciones”: respuestas que se presentan como si fueran verdaderas, pero que contienen datos incorrectos o de plano falsos o inventados.
En un reporte de México Evalúa, “Hallazgos 2023: seguimiento y evaluación del sistema de justicia penal”, la organización documenta las sobrecargas de trabajo de fiscalías, juzgados y defensorías públicas como una de las principales causas de procesos y defensas inadecuadas. Según sus hallazgos, en 2023, “cada fiscal o agente del ministerio público atendió en promedio 310 carpetas de investigación, un aumento notable frente a las 181 reportadas en 2022; mientras que cada juez en materia penal atendió en promedio 356 causas”.
Este breve ejemplo ilustra los beneficios sociales -y económicos- que podría tener una revolución tecnológica en nuestros tribunales y fiscalías, incluso si solo pensamos en la digitalización de archivos y la aplicación de tecnología para descongestionar el tortuoso proceso que representa para los mexicanos el hecho de denunciar.
Lo cierto es que esta revolución tecnológica en el sistema judicial lleva su propio ritmo entre países. China es, por mucho, el ejemplo más avanzado de cómo ha penetrado la IA en la impartición de justicia. El modelo de “tribunal inteligente” permite desde 2017 la resolución de casos mediante audiencias judiciales digitales, a través de los que se resuelven disputas sobre propiedad intelectual, comercio electrónico, compras en línea, entre otros.
EE. UU., Europa y de manera particular, Estonia, son otros ejemplos donde la justicia digital avanza de la mano de sistemas de IA, aunque no sin controversias ni polémicas. En diciembre de 2018, el Consejo de Europa emitió directrices éticas y principios fundamentales para el uso de estas herramientas en los sistemas judiciales como, por ejemplo, asegurar que estas sean compatibles con los derechos fundamentales de las personas.
Sobre la autora:
Palmira Tapia es Maestra en Políticas Públicas por la Universidad de Oxford y Licenciada en Ciencia Políticas y Relaciones Internacionales, por el Centro de Investigación y Docencia Económicas (CIDE).
Twitter: @palmiratapia
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