Enlaces rápidos

    La Secretaría de Economía, mediante un comunicado de prensa, emitió la prohibición de venta de quesos y yogures, por incumplir con las Normas Oficiales mexicanas.

    Empresas como Fud, Zwan, Lala y Philadelphia; además de los yogures de Danone fueron sancionadas, de acuerdo con lo establecido por las leyes nacionales.

    “Para evitar el engaño a los consumidores mexicanos y con el fin de proteger sus derechos se prohíbe la comercialización de de más de 20 productos denominados como ‘queso’ de 19 marcas y 2 productos denominados como ‘yogur natural’.

    Te puede interesar: Prohíben venta de yogures de Danone y quesos de Fud, Zwan, Lala y Philadelphia

    A continuación, Forbes México presenta las causas:

    ¿Cuáles son los motivos que señalaron las autoridades federales?

    En cuanto a las faltas de los quesos fabricados por compañías como Fud, Zwan, Lala y Philadelphia están:

    • Utilizar la leyenda “100% leche”, sin serlo.
    • Adicionar grasa vegetal para sustituir la leche que deberían contener en su elaboración.
    • Proporcionar un menor gramaje que el declarado en la etiqueta como “Contenido Neto”.
    • No informar en la superficie principal de exhibición el porcentaje de uso de caseinatos para la elaboración de queso.

    En el caso de los yogures Danone Bene Gastro y Danone Natural las causas fueron:

    • Adicionar azúcares
    • No cumplir con el contenido mínimo de leche

    Síguenos en Google Noticias para mantenerte siempre informado

    ¿Qué dice la NOM-223-SCFI/SAGARPA-2018?

    Las etiquetas de los productos objetos de la NOM-223-SCFI/SAGARPA-2018, indica que deben contener lo siguiente:

    • La denominación comercial del queso debe ser clara y visible al consumidor, de acuerdo con lo establecido en numerales 5.1.1 y 5.2 y presentarse en la cara principal de exhibición de un tamaño igual o mayor al tamaño del contenido neto.
    • Para los quesos frescos o madurados que se les adiciona concentrados de proteína de leche con caseína o caseinatos se debe indicar el contenido en porcentaje (%) de caseína o caseinatos (hasta un máximo de 2%) del producto final, en la superficie principal de exhibición de la etiqueta, de un tamaño igual o mayor al tamaño del contenido neto.
    • Para los quesos frescos o madurados que no se les adicionen concentrados de proteínas de leche con caseínas o caseinatos, es opcional indicar la leyenda “100% de leche” en el producto final, en la superficie principal de exhibición de la etiqueta, de un tamaño igual o mayor al tamaño del contenido neto.
    • El porcentaje (%) mínimo de grasa butírica, proteína y el máximo de humedad.
    • Cuando en la elaboración de los productos objeto de esta norma, se emplee leche que no procede de vaca, se debe indicar su origen.

    Sigue la información sobre la economía y los negocios en Forbes México