Por Jose Balmori-de-la-Miyar*
Seguimos adelante con nuestra hoja de ruta financiera de 2026, dedicando cada mes a un pilar distinto de tu estabilidad económica. Con las bases ya sentadas, llegamos a la fase final de este bloque inicial enfocado en el ahorro. En esta entrega, me enfocaré en explicar los incentivos legales que existen para optimizar fiscalmente tu capital en cuentas privadas.
Si el objetivo es acumular diez veces tu salario anual (10x) para los 65 años, como sugerimos en nuestra entrega anterior, el camino más inteligente es invitar al fisco (SAT) a financiar parte de esa meta. Para lograrlo, los Planes Personales de Retiro (PPR) se apoyan en dos herramientas clave de la Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR): los artículos 151 y 185.
El Artículo 151 es la base de cualquier estrategia. Te permite deducir hasta el 10% de tus ingresos anuales, con un tope de 5 Unidades de Medida y Actualización (UMAs) anuales (aproximadamente $210,000 pesos en 2026). Lo mejor es que, al llegar a los 65 años, los retiros están exentos de impuestos (dentro de los límites legales). Es, en esencia, dinero que dejas de pagar hoy y que el gobierno te condona al jubilarte.
Por otro lado, el Artículo 185 funciona como un acelerador. No depende de un porcentaje de tus ingresos, sino que te permite aportar hasta $152,000 pesos adicionales al año. Aunque este dinero sí pagará impuestos al momento de retirarlo, su gran ventaja es el diferimiento: permites que ese capital genere rendimientos compuestos durante décadas antes de entregarle su parte al fisco.
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Retomando nuestro ejemplo de un ingreso mensual de $50,000 pesos ($600,000 anuales), veamos qué sucede si decides ser agresivo y aprovechar el tope máximo de ambos incentivos desde los 35 años. Bajo estos supuestos, una persona con ese salario puede deducir hasta $60,000 pesos anuales de acuerdo con el artículo 151. Con una tasa de impuesto marginal de aproximadamente el 24%, el fisco te devolvería unos $14,400 pesos por estas aportaciones.
De igual manera, el SAT te devolvería aproximadamente $36,480 pesos adicionales por las aportaciones hechas bajo el artículo 185. Es decir, en total podrías obtener prácticamente un mes de salario de vuelta por parte del fisco ($50,880 pesos). Estas devoluciones pueden canalizarse a un fondo de emergencias, asegurando así liquidez inmediata en caso de necesitarla.
Ahora bien, si decides ser sumamente disciplinado y aportar el tope máximo en ambos artículos ($212,000 pesos anuales en total) comenzando a los 35 años, estarías construyendo un patrimonio sólido durante tres décadas. Asumiendo un retorno de inversión del 9% anual —cifra que índices como el S&P 500 han generado históricamente—, el resultado es sorprendente: tus aportaciones sumarian unos 6.3 millones de pesos, que se convertirían en un capital de $28.8 millones de pesos gracias a la magia del interés compuesto (ver primera entrega para una breve explicación de este concepto).
Con un capital de $28.8 millones, la regla del 4% establece que podrías retirar esa proporción anualmente de forma sostenible sin agotar el principal, lo que te daría una pensión mensual de unos $96,000 pesos. Esta es una jubilación muy digna que no solo mantiene, sino que mejora tu nivel de vida actual.
Como se puede ver, optimizar fiscalmente tu ahorro es, en última instancia, maximizar tu libertad. Sin embargo, recuerda que estos beneficios vienen con candados legales que limitan la disposición del dinero antes de tiempo. Es un compromiso con tu futuro que requiere paciencia y visión de largo plazo.
Sobre el autor:
*Jose Balmori-de-la-Miyar es Director de los programas de licenciatura de la Facultad de Economía y Negocios de la Universidad Anáhuac México.
X: @jrbalmori
Las opiniones expresadas son sólo responsabilidad de sus autores y son completamente independientes de la postura y la línea editorial de Forbes México.
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